Estadística es sinónimo de recolección, análisis, interpretación de datos, toma de decisiones e investigación científica. Es transversal a múltiples disciplinas y transforma datos en información. Permite presentar las informaciones en forma simple a través de métodos de recolección de datos y generación de modelos, tomando en cuenta la aleatoriedad de las observaciones.
En sus orígenes, la estadística era de uso exclusivo de los Estados y los gobiernos; de ahí que el alemán Gottfried Achenwall, considerado el padre de la Estadística, la definió en sus inicios como la “ciencia del Estado”. Para los ingleses, “aritmética política”. La revolución científica y tecnológica del siglo XXI, ha impactado positivamente en el manejo de las informaciones estadísticas, y en muchos casos la interpretación de los datos se asumen como validos en función de intereses. En este sentido, Benjamin Disraelí, ha expresado que “hay tres tipos de mentiras: mentiras pequeñas, mentiras grandes y mentiras estadísticas”. Lawrence Lowell de la Universidad de Harvard, escribió en 1909, que “las estadísticas, como algunos pasteles, son buenas si se sabe quien las hizo y se está seguro de los ingredientes”.
En la Republica Dominicana, la Oficina Nacional de Estadística (ONE) es el órgano rector de las estadísticas oficiales del país y fue creada en el año 1935, mediante la Ley No. 1023, que derogó la ley 4879, del 3 de Junio del 1909, llamada “Ley sobre Estadística Nacional”. Actualmente la rige la ley No. 5096 sobre Estadísticas y Censos Nacionales del 6 de marzo del 1959. La ONE está adscrita al Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo. Con más de 50 años de vigencia, el sistema de estadísticas del país requiere un nuevo marco legal. La Ley 1-12 de la Estrategia Nacional de Desarrollo (END), en su art. 46, y sus párrafos, establece la necesidad de “crear un sistema nacional de estadísticas con estándares nacionales únicos para la generación de información confiable, oportuno y de uso colectivo”. La Oficina Nacional de Estadística (ONE), es la responsable de “coordinar la generación de las informaciones necesarias para la labor de seguimiento y evaluación de la END 2030”. Esto es, no habrá END viable, sin estadísticas rigurosas.
Cursa en el Senado de la República, un proyecto de ley de nuestra autoría, que modifica en más de un 95% la ley actual No. 1023, sobre estadísticas nacionales. El proyecto persigue un marco legal moderno y promueve el fortalecimiento institucional; la estabilidad y capacidad continuas para el personal actuante; la elaboración de una base de datos general consolidada; la coordinación interinstitucional que evite réplicas o pérdidas de información; la adopción de parámetros internacionales de calidad y mejores prácticas en la materia. La propuesta prescribe las atribuciones conferidas por las leyes de Hacienda Pública y el Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública, las cuales prevén el desarrollo, implantación y mantenimiento del sistema de estadísticas como insumo para la planificación y diseño de las políticas fiscales, sociales y en general, de las políticas públicas. En cuanto a su ámbito de aplicación es de orden público, de observancia general y obligatoria para el gobierno central, las instituciones autónomas y descentralizadas, las empresas públicas, las alcaldías municipales y del Distrito Nacional. La norma crea el Instituto Nacional de Estadística (INE), como institución ejecutora del Sistema Estadístico Nacional, con autonomía presupuestaria, normativa, operativa y de gestión; garantizando el fortalecimiento coordinado de los servicios estadísticos de la Administración Pública, bajo los criterios de centralización normativa y descentralización operativa. El proyecto contempla que toda la programación del Sistema Estadístico Nacional será integrada al Plan Nacional de Estadística, instrumento de proyección principal para selección, compilación y transmisión de la información pública o privada requerida. De igual modo, se crea la Escuela Nacional de Estadística como medio para lograr la profesionalización y mejoramiento continuo de los servicios estadísticos de la República Dominicana. El artículo 13 del proyecto de ley integra al Consejo Nacional de Estadística, conformado por el Ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, un representante por cada Gabinete Sectorial del Poder Ejecutivo, un representante de la sociedad civil, del sector académico y sector empresarial. Este Consejo es el órgano rector del Sistema y deberá aprobar las estrategias, planes y proyectos para la producción de las estadísticas nacionales.
En cuanto a la producción cartográfica, el proyecto de ley define sus niveles de cobertura y las especificaciones necesarias para el cumplimiento de misiones fundamentales del INE, tales como levantamiento de los censos nacionales de población y vivienda y la elaboración de marcos para la realización de encuestas. Cada institución del Sector Público ha de disponer en su estructura organizacional de unidades de estadística que, entre otros aspectos, cumplan con la misión de reunir, codificar, clasificar, resumir y analizar datos de manera sistemática, acorde con los planteamientos del INE.
Se establece un régimen disciplinario y de sanciones a los funcionarios públicos que no cumplan con la recolección de las informaciones. Estas sanciones serán definidas mediante reglamento, el cual deberá ser aprobado en un plazo de 180 días, a partir de la promulgación de la ley. Tomando en cuenta la importancia de la estadística como instrumento para el diseño, monitoreo y evaluación de las políticas públicas; como información indispensable y eficaz para la toma de decisiones de los agentes productivos; como elemento fundamental en la ejecución de las auditorías sociales y la rendición de cuentas, consideramos imprescindible e impostergable la aprobación de esta ley. En la próxima legislatura, que se inicia el 27 de febrero, este ante proyecto de Ley de Estadísticas, estará en la agenda priorizada del Senado de la república y haremos todo el esfuerzo necesario para que se convierta en ley de la nación. Y haremos honor a la expresión de H.G.Wells, novelista, historiador y filósofo británico, cuando dijo: ”el pensamiento estadístico será algún día tan necesario para el buen ciudadano como la habilidad para leer y escribir”.