Wagner E. Piñeyro Mateo
Autor: Abogado, Gremialista y Comunicador Social.
Presidente Comité Municipal PLD Barahona
Verificando y colectando algunos escritos en la Web sobre los
juicio de Jesucristo hemos de analizar algunos factores legales y definiciones
para llegar a la determinación de violación de los derechos fundamentales.
Los derechos
fundamentales particulares relacionados con y derivados del debido proceso
son: acción judicial y acceso a los tribunales; derecho a un juicio justo y
público; defensa; derecho a la prueba directa o contraprueba de lo que se
acusa; independencia e imparcialidad de los jueces; discusión de los asuntos
prevalentemente orales; audiencia pública; impugnaciones; amparo; entre otros.
Jesús
fue un predicador nacido en la provincia de Judea, que creció en el seno de una
familia judía en un período en el que la tierra de Israel se encontraba
conquistada por el imperio romano, bajo el mando de Tiberio Julio César.
Según el relato bíblico, fue el sanedrín quien arrestó a Jesús, debido a que a estos les incomodaba la predicación del nazareno.
Cuando
arrestaron a Jesús, nadie había imputado cargos en su contra. Fue hasta
que lo
detuvieron que los sacerdotes y el Sanedrín buscaron testigos: Y
los principales sacerdotes y todo el Concilio procuraban obtener falso
testimonio contra Él, con el fin de dar muerte a Jesús, y no lo hallaron a
pesar de que se presentaron muchos falsos testigos. Pero más tarde se
presentaron dos. Mateo 26:59
Los
procesos de este tipo eran sometidos a la jurisdicción del sanedrín, que hacía
la función de juez en cada ciudad de la tierra de Israel. Los procesos judíos
integraban los principios de:
- Diurnidad: que señalaba que los procesos debían
llevarse a cabo completamente en el día, antes de la puesta del sol.
- Publicidad: que disponía que las sesiones debían
realizarse en una plaza pública.
- Garantía de
audiencia: que
permitía al acusado la posibilidad de defenderse, por sí o a través de
cualquier persona judía, y
- Misma pena para falso testimonio: que señalaba que el testigo que declarara en falso era merecedor de la misma pena correspondiente al delito calumniosamente imputado.
Asimismo, se violó el principio de misma pena para falso
testimonio debido a que Nicodemo, otro miembro del
sanedrín, habría interrogado minuciosamente a los dos testigos presentados
contra Jesús, haciéndolos caer en contradicciones y, a pesar de ello, estos
habrían logrado escapar sin merecer la pena correspondiente por testificar
calumniosamente (Mateo 26: 61-68).
Al encontrarse bajo el régimen del Imperio romano,
las sentencias de muerte debían ser homologadas por el gobernador designado
por el emperador en la provincia respectiva, según lo señalado por el derecho
romano, que en ese momento era Poncio Pilatos. Así, una vez
sentenciado, Jesús fue llevado ante la presencia de Pilatos, a efecto de que
éste homologara la sanción impuesta por el sanedrín y ordenara su ejecución.
Este segundo suceso como el segundo proceso al que fue sometido
Jesús. En un primer momento, Pilatos se negaba a dictar la
sanción impuesta por el sanedrín, debido a que no estaba convencido de la
culpabilidad del imputado. Dado lo anterior, Pilatos
determinó no resolver este asunto, alegando que, al ser Jesús un galileo, la
sanción correspondía al tetrarca de Galilea, Herodes Antipas, quien era hijo de
Herodes I.
Se verifica que el delito por el que finalmente se
crucificó a Jesús fue por el de subversión y no por el de sacrilegio,
es decir, murió a causa de un delito político y no por un delito religioso como
pretendía el sanedrín, y esto se consta pues, de acuerdo con la tradición
romana, en la cruz del sentenciado se colocaba el titulus, una tablilla en
la que se especificaba el motivo de la condena. En este caso, Pilatos ordenó
poner en la cruz de Jesús la inscripción de “Jesús de Nazaret, rey de los
judíos”, con lo cual se hizo referencia al delito político por
el cual Pilatos lo sentenció a muerte.
Jesús fue juzgado y sentenciado a muerte de manera ilegal, violando todos los preceptos legales de la época, resultando un poco ilógico ya que se trata de la cuna del derecho y la justicia como lo fue Roma, lo que ocurrió en la época de Jesucristo represento un trabajador o líder social y representaba un peligro eminente al imperio Romano.